Hoy se cumple un año de la modificación llevada a cabo del artículo 23 de la Ley Orgánica 6/85, del Poder Judicial, el cual consagra el principio de jurisdicción universal referido a determinados delitos, a fin de limitar su alcance en España.
Fundació Ficat, centrada desde sus orígenes y objetivos fundacionales en la defensa de los Derechos Humanos sin exclusión alguna, quiere sumarse al resto de organizaciones de derechos humanos y profesionales del sector jurídico que han mostrado públicamente su rechazo sobre dicha reforma legislativa.
La justicia universal, principio de universalidad o jurisdicción universal es un principio irrenunciable de toda sociedad moderna y un avance decisivo en la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales universalmente reconocidos. Permite a los tribunales nacionales enjuiciar los crímenes internacionales más serios (genocidio, crímenes de guerra, contra la humanidad, desapariciones forzosas y tortura), sin tener en consideración dónde fueron cometidos ni la nacionalidad del criminal y/o de la víctima. El consenso teórico de la comunidad internacional es muy claro: estos crímenes consternan la conciencia de la humanidad y deben ser penados. Es deber de todos los Estados investigar y perseguir a los responsables de los mismos.
Por ello, queremos mostrar nuestra disconformidad en relación al debilitamiento de las leyes que rigen el ejercicio de la jurisdicción universal por parte de tribunales españoles, dejando más vulnerables a las víctimas de los conflictos, en lugar de aumentar su protección.
Puedes leer nuestro manifiesto aquí.